Convenio entre el Ayuntamiento de El Grullo y la UCPGS

(Unión de comerciantes, empresarios y prestadores de servicios de El Grullo, A.C.)

17 de Julio, El Grullo, Jal. 

Leonel Michel Velasco

En sesión de ambas entidades, siendo las trece horas con quince min. se inicio con la lectura del orden del día y, en ágil reunión se firmaron los acuerdos que seguidamente se reproducen textualmente.

Antes, Algunas propuestas:

Qué bien podrían complementar la presentación de expectativas pro-activas del convenio.

  • Promover el consumo regional en El Grullo; el Municipio con mayor conectividad de las Regiones: Sierra de Amula y Costa Sur. (ver mapas).
El Grullo, el Municipio de mayor conectividad de las Regiones. dos vías de acceso con todos los municipios colindantes, incluidas las comunidades y la población de El Chante, Jal.
El Grullo, el Municipio de mayor conectividad de las Regiones. dos vías de acceso con todos los municipios colindantes, incluidas sus nueve comunidades y la población de
El Chante, Jal.
  • Promover el bienestar de los más vulnerables de la región, con descuentos reales, al presentar credencial del  insen, atrayendo al consumo regional. 
  • Apoyos directos anuales, apadrinando una empresa al éxito. Convocar a pequeños comerciantes a participar en la elección de una de ellas, para su acompañamiento. 
  • Promover la extensión de horarios de servicio de 24X365     

* Ver convenio

Ayuntamiento y Comerciantes en sesión de firmas del convenio de cooperación

*CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIÓN DE COMERCIANTES, EMPRESARIOS Y PRESTADORES DE SERVICIOS DE EL GRULLO, A.C., EN LO SUCESIVO DENOMINADA “UCEPSG” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. JOSÉ OCTAVIO GODOY BERRUETA, EL C. ADALBERTO JIMÉNEZ BAUTISTA, EL L.C.P.CÉSAR RICARDO ROBLES ROBLES, L.A. MARCO URIEL RAMOS NAVA, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN VIGILANCIA, HONOR Y JUSTICIA,RESPECTIVAMENTE, Y POR LA OTRA PARTE EL MUNICIPIO DE EL GRULLO, JALISCO EN LO SUCESIVO DENOMINADO “EL MUNICIPIO” REPRESENTADO A TRAVÉS DE LA LIC. MÓNICA MARÍN BUENROSTRO, EL LIC. HÉCTOR IVÁN SERRANO CABRERA Y POR EL ING. ENRIQUE ROBLES RODRÍGUEZ, EN SU CARÁCTER DE: PRESIDENTA MUNICIPAL, SECRETARIO GENERAL Y SÍNDICO MUNICIPAL, RESPECTIVAMENTE, EL CUAL SE SUJETAN AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S

  1. La UCEPSG ha trabajado de manera cercana y activamente en diferentes comités y Consejos Municipales, a los cuales ha sido invitado por EL MUNICIPIO, desde el inicio de la administración, los cuales son: CONSEJO MUNICIPAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y EMPLEO DE EL GRULLO, COMITÉ DE ADQUISICIONES, CONSEJO DE PARTICIPACIÓN Y PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL DE EL GRULLO, JALISCO, COMITÉ DE SALUD MUNICIPAL, PROTECCIÓN CIVIL, ETC.

2. La UCEPSG participa en diferentes actividades, en beneficio de los Grullenses, como el festival navideño, desfile de feria, días sociales entre otros

3. La UCEPSG, al igual que EL MUNICIPIO, buscan el bienestar, crecimiento y mejoramiento del comercio local, “comprometidos con la mejora continua y el desarrollo económico social de nuestra región, reconocidos por nuestra vocación de servicio, coadyuvando con otras instituciones y otorgando beneficios a nuestros asociados”, tal como lo menciona la misión de la UCEPSG.

4. La UCEPSG, se ha interesado por participar activamente en la generación de políticas públicas, comerciales, empresariales y de servicio, en beneficio de los Grullenses. Así como fomentar el desarrollo económico del municipio, a través de estrategias de capacitación, reglamentación, organización de actividades y sobre todo, dando énfasis al método de agrupación como una forma de crecimiento ordenada y exponencial.

5. EL MUNICIPIO, buscar generar sinergia con diferentes instituciones privadas y públicas, que permitan otorgar beneficios y promover sus intereses, así como la de sus integrantes. Dichas acciones están encaminadas hacia la mejora de su economía, acciones sociales y humanas. Siempre se está buscando el trabajo colaborativo con diferentes entes, de los diferentes niveles de gobierno, así como con el sector privado, buscando el bienestar de los ciudadanos, y por supuesto, del personal que conforman EL MUNICIPIO.

6. EL MUNICIPIO, está en constante generación de vinculación con asociaciones, instituciones y entes privados y públicos, que permitan el fortalecimiento y crecimiento comercial municipal.

D E C L A R A C I O N E S

I.- DECLARA “UCEPSG”:

  1. Ser una asociación denominada como UNIÓN DE COMERCIANTES EMPRESARIOS Y PRESTADORES DE SERVICIOS DE EL GRULLO A.C. mediante escritura pública número 5,294, de fecha 28 de noviembre 2001, ante la fe del notario público No. 1 Lic. Gildardo Gómez Corona, constituida en El Grullo, Jalisco, identificada con el RFC UCG011210JN7, misma que bajo protesta de decir la verdad manifiesta estar vigente.

II. Que dentro de su objeto social se encuentra:

a) Agrupar a los comerciantes establecidos, personas físicas o morales dentro del Municipio de El Grullo, Jalisco.

b) Organizar todas las actividades específicas del comercio y coadyuvar con las autoridades competentes en la legislación, regulación y promoción de proyectos encaminados al beneficio del comercio y la ciudadanía.

c) Eficientar la actividad comercial tendiente a la calidad total.

d) Defender los intereses generales de sus agremiados.

e) Promover el ordenamiento urbano mediante acciones ecológicas, estéticas y de vialidad y señalizaciones.

f) Recibir beneficios como donativos, cursos de capacitación, apoyos, etc.

g) Servir de intermediarios para el trámite de los diferentes programas de apoyo gubernamentales.

h) Apoyar en obras de beneficio colectivo.

i) Fomentar y fortalecer los lazos que unen a los comerciantes y las distintas asociaciones locales y foráneas, buscando siempre su desarrollo.

j) Reglamentar las relaciones existentes entre los asociados y vigilar su comportamiento.

III. Estar representada en este Convenio por el C. José Octavio Godoy Berrueta en su carácter de presidente en turno.

IV. Que para efectos del presente convenio señalan como su domicilio legal el inmueble ubicado en la calle Obregón #233-A planta alta, colonia centro, código postal 48740, El Grullo, Jalisco.

V. Que para tener una mejor comunicación con “El Municipio” proporciona los siguientes medios de contacto: Tel: 321 3873553 y cel. 321 100 6797. Email: fuerzagrullense@gmail.com

DECLARA “EL MUNICIPIO”

I. Que El Grullo es un municipio libre, que es un nivel de gobierno así como una base de la organización política y administrativa de la división territorial del Estado de Jalisco y que tiene personalidad jurídica y patrimonio propios.

Que el Ayuntamiento es depositario del Gobierno y Administración Pública Municipal de El Grullo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 73 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 2, 3, y 4, numeral 17 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública.

II. De conformidad por lo dispuesto en los artículos 79, Fracciones I y X, y 81 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 38 fracciones II, V y VI de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, tiene entre sus atribuciones y obligaciones: celebrar convenios con instituciones públicas y privadas tendientes a la realización de estudios y obras de interés común, siempre que no corresponda su realización al Estado, celebrar convenios con el Estado a fin de que este, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo o se ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio Municipio; y celebrar convenios de coordinación y asociación con otras entidades públicas para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les corresponden.

III. Estar representado en este convenio por la Lic. Mónica Marín Buenrostro, en su carácter de Presidenta Municipal, el Lic. Héctor Iván Serrano Cabrera en su carácter de Secretario General y el Ing. Enrique Robles Rodríguez en su carácter de Síndico Municipal, quienes manifiestan bajo protesta de decir verdad, que cuentan con autorización de 

“EL MUNICIPIO& quot; para llevar a cabo la suscripción y ejecución del presente convenio.

IV. Que para efectos del presente convenio señalan como su domicilio legal el inmueble ubicado en la calle Álvaro Obregón # 48, Colonia Centro, Código postal 48740 en El Grullo, Jalisco.

V. Que para tener una mejor comunicación con “UCEPSG” proporciona los siguientes medios de contacto: Tel: 3213874444. Email: oficialia.mayor@elgrullo.gob.mx / prom.economica@elgrullo.gob.mx

DECLARACIÓN CONJUNTA:

Qué expuesto lo anterior y estando de acuerdo en realizar actividades conjuntas, sujetan sus compromisos en los términos y condiciones que se establecen en las siguientes.

C L A U S U L AS:

PRIMERA.- El presente convenio tiene como objeto establecer las bases y criterios sobre las cuales la “UCEPSG” y & quot; EL MUNICIPIO" realizarán acciones conjuntas de colaboración comercial, de proyectos, académica, de negocios, y capacitación para el enriquecimiento de las funciones que desempeñan.

SEGUNDA.- Ambas partes están de acuerdo en realizar entre otras acciones, las siguientes:

a) Colaboración en proyectos estratégicos de impacto municipal en beneficio de los Grullenses, en materia de infraestructura, formación empresarial y crecimiento comercial.

b) Colaboración en programas de difusión cultural, deportivos y económicos, así como el apoyo a proyectos de emprendurismo, donde ambas partes intervengan.

c) Apoyo y colaboración de acciones en beneficio social de las comunidades urbanas y rurales, donde establezcan las partes, programas de beneficio social. 5

d) Impulsar el crecimiento local en materia comercial y de negocios, a través de la formación de capital humano.

e) Generar campañas de difusión comercial que permitan el crecimiento de los miembros de la UCEPSG, a través de medios oficiales de EL MUNICIPIO.

f) Generar proyectos y estrategias que beneficien a los miembros activos de EL MUNICIPIO, de parte de los asociados de la UCEPSG, mediante estímulos, descuentos y promociones especiales, con el fin de impulsar el comercio local y promover el arraigo a dichos establecimientos de acuerdo a las reglas que se convengan entre las partes.

g) Trabajar en conjunto y activamente en eventos municipales que proponga EL MUNICIPIO, en fechas decembrinas, día de reyes, día del niño, día de la madre, día del padre, entre otras.

h) Trabajar en campañas conjuntas de concientización y promoción del comercio local.

Por parte de la UCEPSG, participar activamente en los comités y consejos municipales de los cuales actualmente forma parte y en los que a futuro se pueda integrar. Los activos son: CONSEJO MUNICIPAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y EMPLEO DE EL GRULLO, COMITÉ DE

ADQUISICIONES, CONSEJO DE PARTICIPACIÓN Y PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL DE EL GRULLO, JALISCO, COMITÉ DE SALUD MUNICIPAL, PROTECCION CIVIL, ETC.

j) La UCEPSG participará activamente en proyectos conjuntos, siendo uno de ellos la BOLSA DE TRABAJO MUNICIPAL Y REGIONAL.

k) Formular propuestas normativas y buenas prácticas de gobierno en materia

económica, integridad Y gobernanza.

l) Establecer mecanismos de coordinación y atención oportuna de requerimientos de la UCEPSG, para generar proyectos que permitan la solución de dicho requerimiento, tanto a corto como a largo plazo.

m) Por parte de EL MUNICIPIO dar prioridad de compras a proveedores locales en igualdad de circunstancias con proveedores foráneos, fortalecimiento de esta forma al comercio local.

n) Proponer descuentos, agilidad y facilidad de trámites a miembros socios de la UCEPSG.

o) Por parte de EL MUNICIPIO facilitar el espacio adecuado y las gestiones para la realización del proyecto del Centro de Negocios que se tiene. proyectado.

p) Establecer reuniones trimestrales de seguimiento para los fines, programas y actividades del presente convenio.

q) Las demás acciones que acuerden las partes para la ejecución del presente convenio.

TERCERA.- Las partes se comprometen a apoyar financieramente los programas, proyectos y actividades que se originen del presente convenio, en la medida de su disponibilidad presupuestal.

CUARTA.- Las partes acuerdan que las propuestas de programas, proyectos o convenios, que se deriven de este convenio, serán considerados como anexos, y elevados a la categoría de convenios específicos de colaboración, una vez asignados por sus representantes legales.

QUINTA.- Los convenios específicos describirán con toda precisión y según correspondan las actividades a desarrollar, la responsabilidad de cada una de las partes, el presupuesto para cada actividad, definición de fuentes de financiamiento, personal involucrado, instalaciones y equipo a utilizar, calendario de trabajo, así como todo lo necesario para determinar con exactitud los fines y alcances de cada uno de dichos convenios que serán los instrumentos operativos del presente convenio.

SEXTA- Las partes convienen regular en el convenio específico correspondiente, lo relativo a la propiedad intelectual, del os materiales que elaboren y/o que resulten de las actividades conjuntas que desarrollen.

SÉPTIMA.- La UCEPSG designa como responsable del seguimiento de este convenio al LA. MARCO URIEL RAMOS NAVA quien es presidente de la comisión de Vigilancia, Honor y Justicia y EL MUNICIPIO designa al M.C.C. HÉCTOR RODRIGO SIERRA GUTIÉRREZ, quien funge como Director de Promoción Económica, y quienes además, podrán proponer la suscripción de convenios específicos.

OCTAVA.- Ambas partes buscarán en forma conjunta o separada, ante otras  instituciones, dependencias gubernamentales y organismos de carácter nacional e internacional; la obtención de los recursos necesarios para el desarrollo de los programas relativos al convenio específico, en caso de que dichos recursos no puedan ser aportados total o parcialmente por las partes.

NOVENA.- Las partes acuerdan que en el desarrollo de los proyectos que se deriven del presente convenio, ambas instituciones se comprometen a respetar la normatividad vigente de cada una de ellas.

DÉCIMA.- Las partes no tendrán responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados por causas de fuerza mayor o caso fortuito, que pudieran impedir la continuación del presente convenio. Una vez superados dichos eventos se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen las partes.

DÉCIMA PRIMERA.- El personal de cada una de las partes que sea designado para la realización conjunta de cualquier acción con motivo de la ejecución del presente convenio, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la institución con la cual tiene establecida su relación laboral o lo haya contratado, por lo que no existirá relación alguna para con la otra parte, por lo que en ningún caso podrá considerárseles patrones sustitutos y por lo tanto cada una de ellas asume las responsabilidades que por dicha relación les corresponda.

DÉCIMA SEGUNDA.- El presente convenio entrará en vigor a partir de su fecha de firma y tendrá una vigencia de él periodo que dure la Administración Pública Municipal 2018-2021, (30 de Septiembre de 2021). Este convenio dejará de surtir efectos legales anticipadamente cuando así lo determinen las partes por mutuo acuerdo o cuando una de ellas comunique con tres meses de anticipación y por escrito a la otra parte su deseo de darlo por concluido, sin perjuicio del cumplimiento de los convenios específicos en desarrollo.

DÉCIMA TERCERA.- El presente convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las partes durante su vigencia, apegándose a la normatividad aplicable y a través de los instrumentos jurídicos correspondientes, obligándose las partes a las nuevas estipulaciones, a partir de la fecha de su firma.

DÉCIMA CUARTA.- Las partes manifiestan que la firma de este convenio y los compromisos contraídos en él, son producto de su buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento, en caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación, ésta será resuelta de mutuo acuerdo.

Leído el presente instrumento, enteradas las partes del contenido y alcance de cada una de sus cláusulas e indicando que en su celebración no existe dolo, mala fe o cualquier otro motivo que vicie su consentimiento, lo firman por triplicado al calce y al margen en el Municipio de El Grullo, Jalisco, el 20 Marzo de 2020.

Por la “UCEPGS” Por “EL MUNICIPIO”

C. JOSE OCTAVIO GODOY BERRUETA LIC. MÓNICA MARÍN BUENROSTRO

                        PRESIDENTE                    PRESIDENTA MUNICIPAL

C. ADALBERTO JIMENEZ BAUTISTA LIC. HÉCTOR IVÁN SERRANO CABRERA

                         SECRETARIO SECRETARIO GENERAL

L.C.P.CESAR RICARDO ROBLES ROBLES. ING. ENRIQUE ROBLES RODRIGUEZ

                          TESORERO SINDICO MUNICIPAL

TESTIGOS:

LA. MARCO URIEL RAMOS NAVA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN VIGILANCIA, HONOR Y JUSTICIA DE LA UCEPSG

ING. ALEXIS GETZEMANI LLAMAS CAMACHO, OFICIAL MAYOR DEL MUNICIPIO

ING. BENJAMIN RODRIGUEZ PALAFOX

SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, HONOR Y JUSTICIA DE

LA UCEPSG

C. JAIME MOISES DE LA TORRE GUDIÑO

VOCAL DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA, HONOR Y JUSTICIA DE LA UCEPSG M.C.C. HÉCTOR RODRIGO SIERRA GUTIÉRREZ

DIRECTOR DE PROMOCIÓN ECONÓMICA DELMUNICIPIO

L.A.E NORMANO NUÑO MALDONADO COORDINACIÓN DE PLANEACIÓ

NOTA: se obvian las firmas

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